¿Qué es una Exportación?
Es el régimen aduanero que
permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del
territorio aduanero ecuatoriano o a una Zona Especial de Desarrollo Económico,
con sujeción a las disposiciones establecidas en la normativa legal vigente.
Una vez gestionado el RUC en el
Servicio de Rentas Internas, se deberá:
Paso 1
Adquirir el Certificado Digital
para la firma electrónica y autenticación otorgado por las siguientes
entidades:
Banco Central del Ecuador: http://www.eci.bce.ec/web/guest/
Paso 2
Registrarse en el portal de
ECUAPASS:(http://www.ecuapass.aduana.gob.ec)
- Aquí se podrá:
1. Actualizar base de datos
2. Crear usuario y contraseña
3. Aceptar las políticas de uso
4. Registrar firma electrónica
Revisar el boletín 32-2012, en el
cual se encuentra un video demostrativo sobre el registro al portal ECUAPASS.
El Consejo Nacional de Comercio
Exterior e Inversiones (COMEXI) estableció que los exportadores adicionalmente
se registren con el Ministerio de Industrias y Competitividad cuando se
refieran a:
Exportaciones de chatarra y
desperdicios metales ferrosos y no ferrosos. Resolución 400 del 13 de
septiembre de 2007 y publicada en el Registro Oficial Suplemento 233 del 17 de
diciembre de 2007.
Exportaciones de cueros y pieles.
Resolución 402 del 13 de septiembre de 2007 y publicada en el Registro Oficial
222 del 29 de noviembre de 2007
Se inicia con la transmisión
electrónica de una Declaración Aduanera de Exportación (DAE) en el nuevo
sistema ECUAPASS, la misma que podrá ser acompañado ante una factura o proforma
y documentación con la que se cuente previo al embarque, dicha declaración no
es una simple intención de embarque sino una declaración que crea un vínculo
legal y obligaciones a cumplir con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
por parte del exportador o declarante.
Los datos que se consignarán en la DAE son:
Ø Del
exportador o declarante
Ø Descripción
de mercancía por ítem de factura
Ø Datos
del consignante
Ø Destino
de la carga
Ø Cantidades
Ø Peso;
y demás datos relativos a la mercancía.
Ø Los
documentos digitales que acompañan a la DAE a través del ECUAPASS son:
Ø Factura
comercial original.
Ø Autorizaciones
previas (cuando el caso lo amerite).
Ø Certificado
de Origen electrónico (cuando el caso lo amerite)
Una vez aceptada la DAE, la
mercancía ingresa a Zona Primaria del distrito en donde se embarca, producto de
lo cual el depósito temporal la registra y almacena previo a su exportación.
Al exportar se le notificará el canal de aforo asignado, los mismos que
pueden ser:
Ø Canal
de Aforo Documental
Ø Canal
de Aforo Físico Intrusivo
Ø Canal
de Aforo Automático
Para el caso del Canal de Aforo
Automático, la autorización de salida, entiéndase con ello la autorización para
que se embarque, será automático al momento del ingreso de la carga a los
depósitos temporales o zonas primarias.
En el caso del Canal de Aforo
Documental se designará al funcionario a cargo del trámite, al momento del
ingreso de la carga, luego de lo cual procederá a la revisión de los datos
electrónicos y documentación digitalizada; y procederá al cierre si no
existieren novedades. En lo cual cualquier observación será registrada mediante
el esquema de notificación electrónico previsto en el nuevo sistema. Una vez
cerrada la Declaración Aduanera de Exportación (DAE) cambiará su estado a
salida autorizada y la carga podrá ser embarcada.
En el caso del Canal de Aforo
Físico Intrusivo se procede según lo descrito anteriormente adicional al
proceso la inspección física de la carga y su corroboración con la
documentación electrónica y digitalizada.
Revisar boletín 222 – 2012 en el
cual se encontrará los instructivos para el correcto llenado de la DAE junto
con los videos demostrativos.
Saludos Cordiales,
No hay comentarios:
Publicar un comentario